Efectos PERSONALES
Argentinos o extranjeros con visa de residente permanente
El embarque debe arribar a la Argentina dentro de los 6 meses de la llegada del importador al país. No es necesario que el cliente se encuentre presente para las formalidades aduaneras, sin embargo debe estar en el país para presentar su pasaporte original y formularios. El importador debe haber estado residiendo en otro país por un periodo no menor a 12 meses y su residencia no haya sido interrumpida con entradas a Argentina por un período mayor a 60 días durante los 12 meses anteriores al regreso. En caso de no cumplir con el requisito anterior el equipaje está alcanzado por impuestos de importación.
Documentación a presentar
Extranjeros con visa temporal
Pueden ingresar efectos personales bajo admisión temporaria de acuerdo al actual régimen de garantía aduanera.
Las pertenencias deben estar “garantizadas” durante la duración de la visa y dicha garantía debe ser renovada de acuerdo a la expiración de dicha visa.
Las pertenencias pueden ser garantizadas por medio de:
NOTA: En caso que la visa no se renovada a la expiración de la garantía, las pertenencias deben ser re-exportadas. Si se obtuvo una visa de residencia permanente, las pertenencias deben obligatoriamente ser nacionalizadas.
Documentación a presentar
Diplomáticos extranjeros
Deberán obtener una franquicia diplomática ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina a través de la misión diplomática de su país o el organismo oficial en el cual se encuentre trabajando.
Documentación a presentar
Exclusiones al régimen de equipaje
Quedan excluidos del régimen de equipaje los automotores en general, las motocicletas, motonetas, bicicletas a motor, motores para embarcaciones, motos acuáticas y similares, casas rodantes, aeronaves, embarcaciones de todo tipo.